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Usted está aquí - Lei è qui: Principal Sección Consular Retorno al país de ciudadanos argentinos y radicación de extranjeros en la República
Retorno al país de ciudadanos argentinos y radicación de extranjeros en la República PDF Imprimir E-mail

INSTRUCCIONES ADUANERAS PARA LA VUELTA DEFINITIVA A LA REPUBLICA ARGENTINA

Los ciudadanos argentinos, con una residencia en el exterior mayor de 1 año y siempre que no hayan efectuado viajes ocasionales a la República Argentina que superen los sesenta días, podrán importar libre de derechos los efectos personales y del hogar, usados, de acuerdo con el grupo familiar; para los elementos de profesión u oficio corresponde el mismo tratamiento, siempre que no constituyeren equipos para la instalación de talleres, laboratorios y/o establecimientos comerciales.

Quedan excluídos del régimen de equipaje los automotores en general, motocicletas, etc.

Como primer paso debe contactar una empresa de trasportes que se encuentran publicadas en las Paginas Amarillas bajo el rubro “Spedizionieri internazionali”. Una vez contratado el servicio, puede presentarse en la sede de esta Representación Consular sin la necesidad de fijar cita con los siguientes documentos:

1. CERTIFICADO DE RESIDENCIA. Para el otorgamiento de este documento es necesario presentarse en el Consulado con un "Certificato di Residencia Storico" del Comune Italiano donde conste como mínimo 1 año de residencia en el exterior y con el pasaporte Argentino o DNI, más el pago de una tasa consular de Euro 40.

2. LISTADO DE EFECTOS PERSONALES. Confeccionar un listado de los efectos personales a transportar, titulado "Efectos Personales del Sr......Documento de Identidad n°...... (detallando solo los bienes de valor, el resto del equipaje en términos generales). Es necesario visar este listado de los efectos personales, presentandolo ante el Consulado. Tasa consular Euro 30.


La normativa de Aduana sobre el ingreso de equipaje para argentinos que retornan al país o extranjeros que se radican en el país se puede consultar aquí .


3. AUTOMOTORES: Solicitar al P.R.A. (Registro Público Automotor) un "CERTIFICATO DI PROPRIETA DEL AUTOMOTORE" y legalizarlo con sello "Apostilla" ( en Prefectura), sin pasar por el Consulado. El certificado contiene todos los datos del vehículo y constituye un comprobante sobre el cual primariamente la Aduana calcula el derecho de importación. Aduana tiene, de todas maneras, la facultad para estimar un valor superior.

Presentar factura de compra, o, si ha transcurrido mucho tiempo de la compra del vehículo y el valor del mismo hubiese cambiado, solicitar a un concesionario una declaración de cotización vigente, y legalizarlo en la Camara de Comercio, donde el titular de la concesionaria tiene la firma registrada, y luego en el Consulado competente, para la legalización de la firma del funcionario de la Camara de Comercio. ( Euro 40)

LOS TRÁMITES SE REALIZAN EN LA SEDE DEL CONSULADO GENERAL ARGENTINO EN MILÁN (Via Agnello, 2 –4° Piso), SIN NECESIDAD DE PEDIR TURNO TELEFÓNICAMENTE, DE LUNES A VIERNES DE 8:30 A 13:30 hs.


Información:

Azopardo 350 P.B. (1107) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
9:30 a 13:00 y 14:00 a 18:00
4338-6610

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La normativa de Aduana sobre ingreso de automóviles para argentinos que retornan al país o para extranjeros que se radican en la República se puede consultar aquí .

Los telefonos de la Aduana Argentina son :

(0054 11) 4 338-6681 / 4 338-6667


INGRESO DE EQUIPOS PARA LA INSTALACION DE TALLERES, LABORATORIOS Y OTROS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES O SEMEJANTES. ( DECRETO 464/77)

 

 

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Facilidades para el retorno de científicos argentinos a la República

raices.jpg Propósito general:

Fortalecer las capacidades cientificas y tecnológicas del país por medio del desarrollo de políticas de vinculación con investigadores argentinos residentes en el exterior y el RETORNO de aquellos interesados en desarrollar sus actividades en Argentina.

Para mayores detalles y contactos hacer click aqui